LEGISLACIÓN  
Resumen ayudas

A nivel nacional

Fam. numerosas

Castilla León

CASTILLA LEÓN

Subvenciones para padres y/o madres por NACIMIENTO o ADOPCIÓN (2010)

Objeto:

Las subvenciones convocadas estarán destinadas al apoyo de las siguientes situaciones:

a) Nacimiento o adopción de menores de edad.

b) Gastos derivados de los trámites necesarios para la adopción nacional o internacional de menores de edad.

c) Parto múltiple o adopción simultánea de menores de edad, durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción. Se equiparan a esta situación los nacimientos o adopciones independientes producidos en el seno de una familia en el periodo de 12 meses.

Las situaciones anteriores deberán producirse dentro de los siguientes plazos:

a) Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, como regla general.

b) Entre el 1 de julio de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, cuando se trate de nacimiento o adopción de menores de edad, siempre que no se hubiera solicitado subvención al amparo de la convocatoria 2009.

c) Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2009, cuando se trate de un parto múltiple o adopción simultánea, durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción, siempre que no se hubiera solicitado subvención al amparo de la convocatoria 2009.

Estas subvenciones se encuentran exceptuadas del régimen de concurrencia competitiva.

AYUDAS POR NACIMIENTO DE HIJO

Cuantía:
  • Para rentas inferiores o iguales a 23.000 euros

    Primer hijo: 601 euros
    Segundo hijo: 1.202 euros
    Tercer hijo y sucesivos: 1.803 euros

  • En rentas superiores a 23.000 euros la cuantía será

    Primer hijo: 300 euros
    Segundo hijo: 601 euros
    Tercer hijo y sucesivos: 901 euros

La cuantía que se reconozca por nacimiento o adopción se duplicará en caso de que el neonato o adoptado tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

SUBVENCION POR PARTO MULTIPLE

Cuantía:

c) Subvención por parto múltiple o adopción simultánea.

1. Para partos o adopciones simultáneas de dos hijos, la subvención por nacimiento o adopción se complementará con un 50% de la cuantía inicialmente prevista para cada hijo.

2. En los supuestos de parto o adopción múltiple de tres o más hijos, el complemento asignado para el tercer hijo y sucesivos supondrá un 100% de la cuantía inicialmente asignada por nacimiento o adopción.

d) Subvención por parto múltiple o adopción simultánea, durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción.

La cuantía anual de la subvención por parto múltiple o adopción simultánea, durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción, será de 901 € por hijo, para rentas inferiores o iguales a 23.000 € y de 450 € para rentas superiores a 23.000 €.

Más información: www.tramitacastillayleon.jcyl.es

SILLAS DE COCHE

La Consejería de Sanidad de Castilla y León ha firmado un convenio con la DGT para adquirir un total de 11.521 sillas de niño, que serán repartidas entre los padres que las soliciten de forma gratuita.

PERMISOS DE PATERNIDAD

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Orden de 6 de noviembre de 2002, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social por la que se convocan subvenciones para fomentar los periodos o permisos de paternidad en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla y León.

Beneficiarios: Padres que residan y trabajen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y hayan disfrutado de periodo de suspensión o permiso de paternidad, entre la fecha de publicación de la presente Orden y el 31 de octubre de 2003, ambos inclusive.

Plazo de solicitud: Desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de la convocatoria en el B.O.C. y L. hasta el 9 de noviembre de 2003, inclusive

El periodo máximo legalmente permitido de suspensión por paternidad o permiso de paternidad, se subvencionará con una cuantía máxima de 601,01 euros.

GUARDERÍAS

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL

ORDEN de 5 de julio de 2000, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León, por la que se convocan ayudas para gastos de guardería de niños menores de cuatro años pertenecientes a familias monoparentales, numerosas o con hijos de parto múltiple.

B. O. Castilla y León de fecha 18/07/2000.