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DECRETO 329/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan ayudas económicas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación de la vida familiar y laboral.
DECRETO 35/2009, de 27 de febrero, por el que se modifica el Decreto 329/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan ayudas económicas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación de la vida familiar y laboral.
Serán situaciones susceptibles de esta ayuda:
- a) El nacimiento, el acogimiento preadoptivo o situación equivalente en el caso de adopción internacional, y la adopción del segundo o sucesivo hijo/a.
- b) El nacimiento, el acogimiento preadoptivo o situación equivalente en el caso de adopción internacional y la adopción del primer hijo, en el supuesto de que éste padezca una discapacidad de porcentaje igual o superior al 33%, acreditada mediante certificado de reconocimiento de grado de discapacidad expedido por el órgano competente.
Cuantía:
- La ayuda económica a percibir por los beneficiarios tendrá una cuantía de 300 euros al mes hasta que el hijo/a cumpla un año de edad, 150 euros al mes hasta que cumpla los dos años de edad y 100 euros al mes hasta que cumpla los tres años de edad.
- En el caso de partos múltiples, las cantidades anteriores se incrementarán en 50 euros al mes, durante todo el período de duración de la ayuda.
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